1. Validez y aceptación de estas Condiciones Generales de Venta

1.1 Estas Condiciones Generales de Venta (CGV) se aplicarán, en defecto de otras condiciones particulares expresamente pactadas, a las ofertas y ventas realizadas por GRUPO TÉCNICO RIVI S.L. con Número de IVA intracomunitario ES- B50456243 y domicilio social en Polígono El Plano 107, 50.430, María de Huerva, Zaragoza, España (en adelante, RIVI).

1.2 La realización o confirmación de un pedido a RIVI, la recepción de productos enviados por ésta, cualquier pago anticipado realizado por el Cliente o la apertura de un crédito documentario por el importe de la oferta o de la parte del precio pendiente de pago, implican la aceptación expresa de estas CGV, sobre las cuales sólo prevalecerán las condiciones particulares individualmente pactadas por escrito entre RIVI y el Cliente caso por caso.

1.3 Las condiciones particulares acordadas para un pedido concreto no vincularán a RIVI en futuros pedidos.

2. Validez de las ofertas y perfección del Contrato de Venta

2.1 Salvo indicación expresa en cada oferta, la oferta de RIVI (la Oferta) tendrá un plazo de validez de treinta (30) días desde su fecha, pasado el cual no vinculará a RIVI. El cliente acepta que el importe o las condiciones de la Oferta pueden verse modificadas por circunstancias reveladas a RIVI con posterioridad a la fecha de la Oferta o de la aceptación, como por ejemplo y sin carácter exhaustivo, errores materiales, variación en la situación crediticia del cliente, cambios de precios en la materias primas o componentes suministrador por terceros, etc.

2.2 El contrato de compraventa (el Contrato) se perfeccionará en la fecha de recepción por RIVI de la aceptación del Cliente a su factura proforma, o en la fecha en que RIVI confirme por escrito un pedido del Cliente.

2.3 Cualquier respuesta del Cliente a la Oferta que pretenda ser una aceptación y que contenga adiciones, limitaciones u otras modificaciones, se considerará como rechazo de la Oferta y constituirá una contraoferta, que deberá ser aceptada expresamente y por escrito por RIVI.

3. Objeto del Contrato

3.1 El objeto del Contrato es la venta por RIVI al Cliente de los productos y/o la prestación de los servicios descritos en la Oferta.

3.2 RIVI podrá rechazar cualquier modificación al pedido solicitada por el Cliente con posterioridad a la perfección del Contrato.

4. Precio

4.1 El precio del Contrato es el definido en la Oferta (el Precio) y se entenderá expresado en Euros.

4.2 Sólo se entenderán incluidos en el Precio los equipos, sistemas, componentes, accesorios, embalajes y servicios específicamente incluidos en la Oferta.

4.3 Salvo indicación contraria en la Oferta, el Precio se entenderá FCA Instalaciones de RIVI en María de Huerva, Zaragoza, España (Incoterms 2010) y no incluye impuestos (especialmente el IVA), gastos de transporte, seguros ni aranceles.

4.4 Las modificaciones solicitadas por el Cliente durante el diseño del proyecto, su producción o montaje, pueden implicar un aumento del Precio de los productos o servicios ofertados y pueden afectar también al plazo de entrega.

4.5 Salvo indicación expresa en contrario en la Oferta, el Precio no incluye:

  1. El coste de obtención de los certificados técnicos ni la documentación para el despacho de aduanas exigidos por las autoridades del país de importación;
  2. El montaje, puesta en funcionamiento, supervisión del montaje ni formación al personal del Cliente en destino;
  3. Costes extra derivados de (sin carácter exhaustivo):
    • Restricciones en el acceso del transporte al lugar de entrega pactado o bloqueos en dicho lugar;
    • Retrasos en el despacho de aduanas en el país de importación, sea o no a cargo de RIVI el despacho.

5. Forma de pago

5.1 Salvo indicación distinta en la Oferta, la forma de pago por defecto será la siguiente:

  1. Pago anticipado del cincuenta por ciento (50%) como confirmación del pedido, mediante transferencia bancaria.
  2. El cincuenta por ciento (50%) restante, a la comunicación de disponibilidad del producto en las instalaciones de RIVI, quien no realizará la entrega hasta haber cobrado la integridad del Precio.

5.2 El Precio deberá ser satisfecho en cuenta bancaria que RIVI designe en sus facturas.

5.3 El pago a RIVI será neto de retenciones, tasas, impuestos o comisiones bancarias.

5.4 Cuando se acuerde el pago mediante crédito documentario (L/C), éste debe estar sujeto a las ICC UCP vigentes en cada momento. El Cliente remitirá a RIVI un borrador de la L/C antes de su emisión definitiva por el banco emisor; en caso contrario, soportará cualquier comisión derivada de una eventual modificación por falta de conformidad de la L/C con la Oferta.

5.5 El retraso en el cumplimiento por el Cliente de cualquiera de los hitos de pagos establecidos en la Oferta constituirá un incumplimiento grave del Contrato, sin necesidad de requerimiento o formalidad alguna por parte de RIVI, quien podrá, a su sola opción, realizar una o varias de las siguientes acciones: (i) requerir al Cliente el pago inmediato de la totalidad del Precio, independientemente de los hitos de pago establecidos en la Oferta de RIVI; (ii) reclamar al Cliente intereses de demora sobre las cantidades adeudadas al tipo del interés legal vigente del Banco Central Europeo, incrementado en dos (2) puntos sobre la cantidad que adeude; (iii) paralizar y/o ralentizar la ejecución del Contrato o, incluso, instar su resolución conforme a la Cláusula 16a) siguiente, reclamando los daños y perjuicios que dicho incumplimiento pudiera causar a RIVI.

5.6 El Cliente no podrá retener el pago del Precio, ni compensarlo con cualquier obligación que corresponda a RIVI en virtud del presente Contrato. RIVI no aceptará en ningún caso cargos del Cliente que no correspondan a facturas previamente aceptadas por RIVI por escrito.

Si antes de efectuar el pago del Precio el producto comprado fuese objeto de cualquier embargo, el Cliente estará obligado a hacer constar en la diligencia de embargo que las mercancías son propiedad de RIVI y si a pesar de esta manifestación fuesen embargadas, facilitaría el ejercicio por parte de RIVI de la correspondiente acción de tercería de dominio, cuyos gastos correrían a cargo del Cliente.

6. Garantías de pago

6.1 La falta de constitución por el Cliente de las garantías de pago del Precio exigidas en la Oferta constituirá un incumplimiento grave del Contrato. En tal caso, RIVI podrá, a su sola opción, realizar una o varias de las acciones establecidas en la Cláusula 5.5 anterior.

6.2 Todos los costes y comisiones de la constitución de garantías de pago del Precio serán a cargo del Cliente.

7. Pedidos

7.1 Los pedidos se transmitirán a RIVI por escrito, a la siguiente dirección de correo electrónico: comercial@rivi.net RIVI emitirá una factura proforma que será firmada en aceptación y devuelta a RIVI. Los pedidos se entenderán aceptados en la forma expresada en la cláusula 2.

7.2 Al tratarse de productos a medida, no se admitirá la cancelación de pedidos cuando el proceso de fabricación o de acopio de materiales se haya iniciado, ni tras la expedición de los productos. La cancelación en estos supuestos implicará la obligación del Cliente de abonar íntegramente el Precio y RIVI podrá retener el importe de cualquier pago a cuenta cobrado, sin perjuicio de cualquier otra indemnización que pueda reclamar en concepto de daños y perjuicios.

7.3 Si el Cliente no recepcionase el producto pedido, RIVI podrá almacenarlo por cuenta y riesgo del Cliente, aceptando éste el cargo por almacenaje de mercancías desde la fecha de entrega especificada la Oferta.

8. Entrega

8.1 Salvo que la Oferta indique otro Incoterm, las entregas se realizarán FCA establecimiento de RIVI en María de Huerva, Zaragoza, España (Incoterms® 2010). En caso de interesar al Cliente otra modalidad de entrega, lo comunicará a RIVI en el momento de realizar el pedido para que ésta le envíe una nueva oferta.

8.2 El plazo de entrega será el indicado en la Oferta y comenzará a contar desde el día siguiente al del abono del pago anticipado previsto en la Cláusula 5.1a) o al de la notificación de la apertura de un crédito documentario o de cualquier otra garantía de pago exigida por RIVI; cuando para la exportación o expedición del producto sea necesaria una licencia de exportación, el plazo de entrega no empezará a contar sino a partir de la notificación de ésta. La obligación de entrega se entenderá cumplida cuando RIVI ponga el Producto a disposición del Cliente de acuerdo con el Incoterm pactado y no cuando el producto se recepcione en su destino final.

8.3 El riesgo de pérdida o daño del producto se transmitirá al Cliente en el momento de la entrega conforme al Incoterm recogido en la Oferta.

8.4 El embalaje de los productos será el estándar de RIVI; cuando el Cliente requiera un embalaje especial lo comunicará a RIVI en el momento de realizar el pedido para que ésta ajuste su Oferta.

8.5 RIVI conservará la propiedad sobre los productos hasta el completo pago del Precio por el Cliente y podrá ejercitar las tercerías de dominio y demás acciones legales en defensa de su derecho, incluso en el caso de que los productos se encuentren en posesión de un tercero. La transformación o mejora del Producto sobre la que RIVI tiene reserva de dominio, no otorga su propiedad al Cliente. Queda prohibida la transmisión a terceros de Productos sujetos a reserva de dominio.

8.6 El Cliente acepta entregas parciales y transbordos, así como la facturación independiente de las entregas parciales.

8.7 En todos los casos en que el Cliente contrate el transporte, entregará a RIVI una copia del documento de transporte sellado en destino, dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición; en caso de no hacerlo, RIVI emitirá la factura con IVA.

9. Demora en la entrega

9.1 RIVI informará al Cliente tan pronto como sea posible sobre cualquier circunstancia que escape a su responsabilidad e impida la entrega dentro del plazo acordado, exponiendo las razones del retraso y acordando con el Cliente nuevos plazos de entrega, lo cual no facultará al Cliente para cancelar el pedido.

9.2 En caso de retraso en la entrega superior a dos (2) semanas por causas imputables a RIVI, no incluyéndose en este caso el incumplimiento de los proveedores de RIVI (cadena de suministro), el Cliente podrá exigir una penalización por demora del 0,5% del Precio por cada semana completa de retraso, hasta un máximo del dos por ciento (2%) del Precio. Si la demora afectase sólo a una parte del suministro, la penalización se calculará sobre el Precio de la parte no suministrada. Esta penalización podrá pagarse por compensación, a elección de RIVI.

9.3 No habrá lugar a la penalización por demora si el retraso en la entrega no hubiera causado daño al Cliente, o si resultase de las circunstancias que el daño ha sido considerablemente inferior al importe de la penalización prevista.

9.4 Si el Cliente decidiese cancelar el pedido resolviendo el Contrato con base en la demora por causas imputables a RIVI, la indemnización que podrá reclamar de RIVI equivaldrá al de los daños y perjuicios probados, pero no podrá exceder, en ningún caso, del 75% del precio del Contrato, ya que el estudio, diseño y elaboración del proyecto de cada producto a medida, suponen un 25% del precio. El Cliente no podrá resolver el Contrato alegando incumplimiento de RIVI si no está al corriente del pago de las facturas emitidas por RIVI.

9.5 En ningún caso será responsable RIVI por demoras en la entrega por causas imputables al transportista, a las Aduanas o a terceros, incluyendo cualquier Administración de la que dependa el otorgamiento de una licencia de exportación.

10. Montaje, puesta en marcha, supervisión y formación al cliente

10.1 Cuando se pacte expresamente el montaje y/o la puesta en marcha del producto a cargo de RIVI, éste se almacenará en las instalaciones del Cliente en un lugar cerrado y seco, en su embalaje original, sin abrir, hasta la llegada del personal de RIVI. Queda estrictamente prohibido el almacenamiento al aire libre.

10.2 RIVI informará al Cliente por escrito de la fecha de llegada a las instalaciones de destino del personal encargado del montaje. Una vez desplazado este personal al lugar de montaje, los días de demora o de inacción por causas no imputables a RIVI (incluyendo, sin carácter exhaustivo retrasos en el despacho aduanero, pérdida de las mercancías, falta de licencias, falta o insuficiencia de suministros o huelgas) serán facturados al Cliente según tarifa vigente de RIVI. Cuando el montaje no pueda realizarse dentro de los plazos pactados por causas no imputables a RIVI, el Cliente no podrá demorar el pago amparándose en el retraso del montaje.

10.3 El precio del servicio de montaje ofertado por RIVI se basa en la asunción de que el material se ha recepcionado en el lugar de montaje y de que éste se encuentra preparado, sin trabajos de ingeniería o construcción pendientes y con todos los suministros necesarios. De no ser así, el Cliente asumirá tanto retrasos en la entrega como incremento en el precio del montaje.

10.4 RIVI proporcionará al Cliente una formación básica sobre uso y mantenimiento de los Productos, durante y después de la instalación/puesta en marcha o supervisión del montaje.

10.5 El precio de los servicios de montaje o supervisión del montaje/puesta en marcha no incluyen los medios de elevación y manipulación, costes de reciclado y gestión de residuos de embalajes, ni certificados de formación específicos exigidos por normas internas del Cliente, que serán a cargo del Cliente.

10.6 El Cliente será el único responsable del cumplimiento de la normativa local sobre salud y seguridad en el trabajo, relativos a la prestación de servicios incluidos en la Oferta.

11. Certificado final de montaje

11.1 RIVI y el Cliente verificarán conjuntamente la conformidad del suministro, montaje y/o puesta en marcha con las especificaciones de la Oferta; el Cliente entregará a RIVI en ese mismo acto un listado de tareas o ajustes pendientes, en su caso, que RIVI realizará sin demora. Una vez realizados los ajustes, o en caso de que no se levanten objeciones, ambas Partes firmarán el Certificado de Aceptación.

11.2 Si como consecuencia de cualquier disconformidad mencionada en el párrafo precedente fueran necesarios ensayos o análisis, su coste será abonado por el Cliente.

11.3 Si no se pudiera llevar a cabo el procedimiento de verificación en el plazo máximo de un mes desde la fecha de entrega por causas imputables al Cliente, se entenderá automáticamente emitido el Certificado Final de Montaje de los productos/instalación en la fecha en que se cumpla un mes tras la fecha de entrega.

11.4 El proceso de aceptación de los productos tendrá una duración estimada de una (1) semana y no podrá exceder en ningún caso de tres (3) semanas.

11.5 La entrega por RIVI al Cliente de la documentación de calidad quedará condicionada a la firma por el Cliente del Certificado Final de Montaje.

12. Garantía de producto

12.1 Salvo que la oferta indique un plazo de garantía diferente, RIVI garantiza al Cliente que sus Productos cumplen con las especificaciones contenidas en su Oferta durante el plazo de doce (12) meses desde la fecha del Certificado Final de Montaje, siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho (18) meses desde la fecha de la última entrega; en caso de no proceder la emisión de dicho Certificado Final de Montaje, el plazo de garantía será de doce (12) meses desde la fecha del último albarán de entrega (el “Plazo de Garantía”) y condicionado a que hayan sido manipulados, transportados, almacenados, mantenidos y utilizados de acuerdo con las instrucciones contenidas en los Manuales de los Productos. Por consiguiente, RIVI asume su responsabilidad únicamente respecto de aquellas disconformidades causadas por acciones o negligencias cometidas con anterioridad a la entrega de los productos al primer transportista.

12.2 El Cliente declara expresamente conocer los productos, sus características técnicas, usos y funcionamiento, así como las especificaciones, que acepta sin reservas.

12.3 Durante el proceso de fabricación, el Cliente podrá solicitar a RIVI la realización, a costa del Cliente, de cuantas verificaciones, ensayos y pruebas estime necesarias para comprobar la adecuación de los productos a las especificaciones de la Oferta. La fecha de entrega se adaptará proporcionalmente al tiempo que requiera la ejecución de estas pruebas, sin que quepa imputar a RIVI demora en la entrega por este motivo.

12.4 El Cliente dispondrá de siete (7) días hábiles desde la recepción en destino para notificar a RIVI cualquier reclamación que tuviera por defectos manifiestos o aparentes de los productos, transcurrido el cual, no podrá reclamar por tales motivos. Las quejas por defectos ocultos deberán hacerse a RIVI por escrito dentro del plazo de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que el Cliente detecte el defecto, y en todo caso siempre dentro del Plazo de Garantía.

12.5 En el caso de que el Cliente comunique alguna no-conformidad a RIVI dentro del Plazo de Garantía, se aplicará el siguiente procedimiento:

  1. El Cliente formulará su reclamación por escrito, identificando el producto o componente objeto de reclamación, incluyendo una relación específica de las disconformidades alegadas, indicando nº de pedido, nº de albarán y fecha de la reclamación;
  2. RIVI dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para responder a la reclamación, informando al cliente si necesita recibir el producto o componente cuya disconformidad se alega, o si desplazará a su Servicio Técnico Autorizado a las instalaciones del Cliente, tras lo cual, manifestará su conformidad u oposición a la reclamación;
  3. Si RIVI admite la reclamación, reparará o sustituirá, a su elección, el producto o componente no conforme sin coste adicional para el Cliente. Los componentes sustitutos tendrán el mismo plazo de garantía que restare a los sustituidos.
  4. Si RIVI no admite la reclamación, se reserva el derecho de facturar al Cliente los costes derivados de la inspección según sus tarifas vigentes.
  5. RIVI decidirá si la reparación se realiza en sus instalaciones o en las del Cliente. El transporte del producto hasta las instalaciones de RIVI o los gastos ocasionados por el desplazamiento del personal de RIVI para realizar la reparación fuera de sus instalaciones, correrá por cuenta del Cliente.
  6. La falta de respuesta por RIVI a la reclamación formulada por el Cliente significará el rechazo a la misma. Si fuesen necesarios ensayos o análisis para determinar si el Producto es o no conforme con las especificaciones, su coste será sufragado por el Cliente.

 

12.6 En ningún caso asumirá RIVI responsabilidad alguna si el Producto no conforme es manipulado, arreglado o de cualquier otra forma alterado por un tercero distinto de RIVI o de su Servicio Post-venta autorizado.

12.7 La garantía prevista en los párrafos anteriores se refiere a productos nuevos suministrador por RIVI. En el caso de servicios (asistencias técnicas o reparaciones) prestados por RIVI, la garantía será de tres (3) meses y únicamente cubrirá las piezas, componentes o subcomponentes reparados o sustituidos, con exclusión expresa de lo indicado en la cláusula 13.1 l) y m). Aquellos servicios en los que únicamente interviene mano de obra (asistencias técnicas, puestas en marcha, supervisión del montaje…), quedan excluidas de la garantía.

12.8 Esta garantía sustituye a cualquier otra garantía o manifestación de conformidad, expresa o implícita. En caso de una reclamación al amparo de la garantía, la única responsabilidad asumida por RIVI frente al Cliente es la indicada en esta cláusula. Las reclamaciones basadas en la responsabilidad por producto no serán aceptadas por RIVI en situaciones diferentes a las expresadas en apartados anteriores y están limitadas a la cantidad global de quinientos mil (500.000,00) Euros por daños personales y materiales.

13. Limitaciones a la garantía y a la responsabilidad

13.1 Sin perjuicio del resto de exclusiones contenidas en la cláusula anterior, la garantía no se aplica a las disconformidades que resulten, sin carácter exhaustivo, de:

  1. Defectuoso almacenamiento por el Cliente tras la llegada a destino;
  2. Defectuoso montaje, cuando éste no lo haya realizado RIVI;
  3. Mantenimiento inadecuado, incluyendo la falta de sustitución de piezas dañadas o de las revisiones periódicas aconsejadas por RIVI;
  4. Daños causados como consecuencia de la inobservancia de las debidas condiciones de seguridad por el Cliente durante la manipulación y el transporte de los productos.
  5. Modificaciones del Producto o añadidos no autorizados por RIVI;
  6. No conformidades y defectos causados por acciones o negligencias cometidos después de que los Productos se entregaran al primer transportista;
  7. Utilización de componentes, materiales, partes o repuestos que no hayan sido suministrados por RIVI o sin su autorización previa; o por utilización en condiciones ambientales diferentes de las contempladas en las especificaciones.
  8. Daños de materiales o de componentes que se deterioren por el uso normal;
  9. Uso por el Cliente para aplicaciones o procesos industriales diferentes de aquellos que han sido comunicados a RIVI como base para preparar la Oferta y las especificaciones;
  10. Uso de los productos por el Cliente sin ajustarse a los manuales de funcionamiento o instrucciones puntuales facilitadas por RIVI;
  11. Lucro cesante como consecuencia de daños causados por los productos, incluyendo, sin limitación alguna, la parada de la producción o la pérdida de beneficios;
  12. Las juntas, los artículos de cristal o de plástico, de porcelana, de caucho, a la pintura, ni a los aparatos eléctricos/electrónicos.
  13. Las fugas, entendiéndose por tales la pérdida total o parcial de fluidos del sistema.
  14. Reclamaciones de cualquier tipo provenientes de EEUU o Canadá.

 

13.2 El Cliente acepta que la responsabilidad máxima y acumulada de RIVI, por todos los conceptos (incluidas penalizaciones por incumplimiento) derivada de la ejecución del presente Contrato ascenderá al límite del Precio del Contrato.

13.3 La garantía de los productos o componentes no fabricados por RIVI será la proporcionada por sus respectivos fabricantes.

13.4 En caso de intervención en la que sea necesario un desprecintado y precintado, aunque éste último este bajo garantía, los gastos facturados por los servicios de los instrumentos de medidas (SIM) o por cualquier otro organismo de control, correrán por cuenta del Cliente.

14. Propiedad intelectual e industrial

14.1 El Cliente acepta y garantiza que: (a) corresponden íntegramente a RIVI todos los derechos de propiedad intelectual e industrial asociados a los productos; y (b) que no infringirá ningún derecho de propiedad intelectual o industrial de RIVI.

14.2 Nada en estas CGV se interpretará en el sentido de que implican transmisión, cesión, licencia, sublicencia ni derecho de uso alguno en favor del Cliente, sobre los derechos de propiedad intelectual e industrial de los que sea titular RIVI.

15. Confidencialidad

15.1 A LOS EFECTOS DE ESTAS CGV, “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL” SIGNIFICARÁ CUALQUIER:

  1. Patente, marca, conocimiento técnico o tecnológico, incluyendo las soluciones técnicas contenidas en las ofertas de RIVI, experiencia, know-how, invenciones, instrucciones, productos y datos sobre producción, técnicas, procesos, metodologías, diagramas, diseños, especificaciones fórmulas, muestras, programas, informes, trabajos en desarrollo y trabajos previos realizados, desarrollos, demostraciones visuales, conceptos y cualquier información relacionada que pertenezca a RIVI;
  2. Datos financieros, de negocio, comerciales, de venta, informáticos o cualquier otra información relativa a la actividad empresarial de RIVI;
  3. Cualquier otra información revelada en cualquier momento por RIVI, independientemente del soporte en que se encuentre y marcada como Información Confidencial o que, aún sin estarlo, pueda considerarse Información Confidencial a la vista de las circunstancias;
    Independientemente del soporte en que se encuentre, bien revelada directamente por RIVI al Cliente, bien a la que éste haya tenido acceso indirectamente a través de servidores, plataformas o desarrollos y que no sean accesibles al público con carácter general.

 

15.2 EL CLIENTE SE COMPROMETE A MANTENER EN LA MÁS ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL FACILITADA POR RIVI para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su relación contractual, y a no utilizarla en provecho propio ni cederla a terceros sin el previo consentimiento escrito de RIVI.

15.3 El Cliente acepta expresamente que las soluciones técnicas contenidas en las Ofertas son Información Confidencial de RIVI, comprometiéndose a no usarlas salvo en el marco del Contrato y a no cederlas a terceros.

15.4 Salvo rechazo expreso escrito por el Cliente, éste autoriza a RIVI a mencionar en su página web, presentaciones o catálogos, EL NOMBRE Y LOGOTIPOS DEL CLIENTE Y EL PROYECTO REALIZADO PARA EL MISMO, ASÍ COMO A PUBLICAR FOTOGRAFÍAS DE DICHO PROYECTO.

16. Causas de resolución

16.1 El Contrato podrá resolverse mediante preaviso escrito con efectos inmediatos, en caso de incumplimiento grave por cualquiera de las Partes de sus obligaciones, salvo que el Contrato prevea otra consecuencia específica. Sin carácter exhaustivo, se considerarán incumplimientos graves, que facultarán a RIVI para instar la resolución, los siguientes:

  1. El retraso superior a 30 días en la fecha de pago pactada de cualquier factura emitida por RIVI en el marco del Contrato;
  2. La falta de constitución por el Cliente de las garantías de pago del Precio exigidas en la Oferta;
  3. La suspensión de la ejecución del Contrato por un plazo superior a sesenta (60) días naturales por causas ajenas a la voluntad de RIVI, incluidos los supuestos de fuerza mayor.

17. Fuerza mayor

17.1 Ni RIVI ni el Cliente serán responsables del incumplimiento o retraso causados por circunstancias que van más allá de un control razonable o que hacen su ejecución comercialmente impracticable, entre los que se incluyen, sin LIMITACIÓN alguna, incendios, tormentas, inundaciones, terremotos, explosiones, accidentes, acciones terroristas, insurrecciones, disturbios, desórdenes civiles, huelgas y otras disputas laborales, sabotajes, epidemias, cuarentenas u otros de la misma índole, acciones judiciales o administrativas, incluyendo controles aduaneros y otras circunstancias externas, tales como embargos comerciales o quiebra de las empresas de transporte o de los proveedores. En caso de retraso causado por fuerza mayor, las fechas de entrega y pago serán convenientemente adaptadas.

18. No cesión

18.1 Ni RIVI ni el Cliente podrá ceder su posición contractual, ni ninguno de sus derechos y obligaciones al amparo del Contrato, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.

19. Contratantes independientes

19.1 RIVI y el Cliente son empresas jurídicamente independientes y reconocen que el Contrato no crea ningún tipo de relación laboral, societaria, de agencia o franquicia, de hecho o de Derecho entre ellas, no pudiendo ninguna de ellas actuar como representante u obligar a la otra en modo alguno.

20. Ley aplicable y solución de conflictos


20.1 Estas CGV y el Contrato se regirán, tanto en su interpretación como en su ejecución, por la ley española.

20.2 En caso de disputa resultante de la interpretación o ejecución de estas CGV o del Contrato, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, acuerdan someterla para su resolución definitiva al Arbitraje de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional en caso de ventas internacionales, o de la Corte Española de Arbitraje en caso de ventas nacionales, las cuales, según corresponda, serán responsables de la administración del mismo y de nombrar un árbitro de acuerdo con su reglamento de procedimiento. El arbitraje se celebrará en París o en Zaragoza, según sea el caso, y el idioma del arbitraje será aquel en el que se haya desarrollado la negociación entre las partes, quienes aceptan expresamente de antemano el cumplimiento del laudo arbitral que recaiga. Los costes del arbitraje serán sufragados por la Parte cuyas pretensiones resulten desestimadas.

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